La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es el organismo público que supervisa e inspecciona los mercados de valores españoles y la actividad de quienes intervienen en ellos. Depende del Ministerio de Economía y tiene potestad sancionadora sobre entidades financieras que operan en el territorio español.
Para los brokers de CFD y forex, la CNMV actúa de dos formas. En primer lugar, los brokers europeos con licencia en otro estado miembro de la UE (por ejemplo, una CIF de CySEC o una autorización BaFin) pueden operar legalmente en España mediante el mecanismo de pasaporte MiFID II, notificando su intención de prestar servicios transfronterizos. En este caso, la CNMV registra al broker pero no es el regulador principal. En segundo lugar, los brokers que quieren establecer una entidad local en España deben obtener autorización directa de la CNMV como Empresa de Servicios de Inversión (ESI), con los consiguientes requisitos de capital, gobierno y cumplimiento normativo local.
La CNMV mantiene un registro público de entidades autorizadas y una lista de advertencias sobre entidades no autorizadas que operan en España. Esta lista negra es una herramienta de consulta directa para verificar si un broker específico está actuando de forma irregular en el mercado español. La consulta es gratuita y pública en cnmv.es.
Los inversores españoles que operan con brokers autorizados directamente por la CNMV están cubiertos por el Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN) hasta 100,000 euros por inversor en caso de insolvencia. Este límite es superior al del ICF europeo (20,000 euros) y al del FSCS británico en términos de cobertura formal, aunque el número de brokers directamente autorizados por CNMV en el espacio retail es limitado.

